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informe con relevancia prudencial 2012

Introducción

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La Circular 3/2008 de 22 de mayo del Banco de España y sus modificaciones 9/2010 de 22 de diciembre y 4/2011 de 30 de noviembre, (en adelante, Circular de Solvencia) constituye el desarrollo final, en el ámbito de las entidades de crédito españolas, de la legislación sobre recursos propios y supervisión en base consolidada.

Dicha legislación establecida en la Ley 13/1985, de 25 de mayo, de Coeficientes de inversión, recursos propios y obligaciones de información de los intermediarios financieros y otras normas del sistema financiero y en el Real Decreto 216/2008, de 15 de febrero, de Recursos propios de las entidades financieras, constituyen en su conjunto la adaptación a las entidades de crédito españolas de las Directivas comunitarias 2006/48/CE, de 14 de junio, relativa al acceso a la actividad de las entidades de crédito y a su ejercicio y 2006/49/CE, de 14 de junio, sobre adecuación del capital de las empresas de servicios de inversión y las entidades de crédito, del Parlamento y del Consejo Europeo. De acuerdo con la Norma Centésimo Novena de la Circular de Solvencia, las entidades financieras han de publicar una “Información con Relevancia Prudencial” con el contenido requerido en el capítulo undécimo de la misma. El presente informe ha sido elaborado siguiendo dichos requerimientos.

Según lo establecido en la política definida por el Grupo para la elaboración del Informe con Relevancia Prudencial, el contenido del presente informe, referido a fecha 31 de diciembre de 2012, ha sido aprobado por la Comisión de Auditoría y Cumplimiento del Grupo, en su reunión de fecha 2 de abril de 2013, previa la revisión por parte del Auditor Externo en la que no se han puesto de manifiesto incidencias relevantes en relación con el cumplimiento de los requerimientos de información establecidos en la Circular de Solvencia de Banco de España.

Entorno regulatorio en el ejercicio 2012

Cambios normativos en España

A lo largo de 2012, en el ámbito de las entidades de crédito, se han publicado normas relativas al saneamiento de balances afectados por el deterioro de activos vinculados al sector inmobiliario, la regulación del marco de reestructuración y resolución de entidades y el desarrollo normativo de las sociedades de gestión de activos. A continuación destacamos los principales documentos normativos publicados a este respecto:

  • RDL 2/2012: Este Real Decreto Ley, esencialmente articula nuevos requerimientos de provisiones orientados en exclusiva a la cobertura del deterioro en los balances ocasionado por los activos vinculados a la actividad inmobiliaria.
  • Ley 8/2012 (que deroga el RDL 18/2012): Esta Ley contempla requerimientos de cobertura adicionales a los establecidos en el RDL 2/2012 y derivados del deterioro de las financiaciones vinculadas a la actividad inmobiliaria clasificadas en situación normal.

Ley 9/2012 (que deroga el RDL 24/2012): Esta Ley se enmarca en el programa de asistencia a España para la recapitalización del sector financiero y da cumplimiento al Memorando de Entendimiento firmado con las autoridades europeas. Con carácter general, la Ley 9/2012 establece el régimen de reestructuración y resolución de entidades de crédito así como el desarrollo normativo de las sociedades de gestión de activos. También modifica a partir de enero de 2013 la definición y requerimientos en materia de “capital principal” (medida de capital contemplada en el RDL 2/2011).

Circular 7/2012 de Capital Principal: Tal y como preveía la Ley 9/2012, a partir del 1 de enero de 2013 se modifican los requerimientos de capital principal con los que deben cumplir las entidades de crédito y se establece un requisito del 9% de sus exposiciones totales ponderadas por riesgo. En lo que respecta a la definición de capital, ésta se adecua a la establecida por EBA en su Recomendación EBA/REC/2011/1.

Nota: Para presentar los importes en millones de euros, todas las cifras han sido objeto de redondeo. Por ello es posible que los importes que aparezcan en ciertas tablas no sean la suma aritmética de las cifras que las preceden.
Cambios normativos en el área comunitaria

Comisión Europea/Parlamento Europeo/Consejo Europeo

A lo largo de 2012, en el ámbito comunitario se ha avanzado en el proceso de negociación de la nueva normativa de solvencia que da cumplimiento a Basilea III, conocido a nivel europeo como “paquete CRDIV”. El paquete CRD IV se compone de una regulación (CRR) que será directamente aplicable en los distintos estados miembros y una directiva (CRD) que cada autoridad nacional tendrá que adaptar a su ordenamiento jurídico. Se espera que el paquete CRDIV sea aprobado a lo largo de 2013.

Con carácter adicional podemos destacar los siguientes hitos en materia de regulación a nivel europeo:

  • En marzo, la Comisión Europea publica el libro verde sobre el sistema bancario en la sombra. Se trata de un primer paso para examinar detenidamente los problemas que plantea el sistema de intermediación crediticia conformado por entidades y actividades que están fuera del sistema bancario internacional.
  • En junio, la Comisión Europea publica la propuesta normativa que establece el marco para la recuperación y la resolución de entidades de crédito. Este marco contiene un amplio catálogo de medidas a adoptar, en una primera instancia, para evitar que una entidad de crédito llegue a una situación de inviabilidad que ponga en riesgo la estabilidad del sistema financiero, y, en una segunda instancia, para proceder a la resolución ordenada de las entidades no viables.
  • En octubre, la Comisión Europea publica las conclusiones del grupo Liikanen. El grupo Liikanen es un grupo consultivo de alto nivel cuyo principal objetivo ha sido analizar la necesidad de reformas de carácter estructural en el sistema. El informe del grupo, plantea recomendaciones en varios ámbitos entre los que destaca la separación estructural de las actividades de negociación.
  • En diciembre, se alcanza un acuerdo para que el Banco Central Europeo actúe como supervisor único bancario a partir de marzo de 2014.

Autoridad Bancaria Europea

La Autoridad Bancaria Europea de acuerdo con las funciones que tiene atribuidas, ha desarrollado durante 2012 guías y estándares técnicos en materia de regulación.

En lo que respecta a la Recomendación EBA/ REC/2011 emitida por EBA a finales de 2011; esta recomendación establecía que las entidades sujetas a la recomendación debían mantener en junio de 2012 un nivel Core Tier I del 9% y un buffer de capital adicional en concepto de riesgo soberano. EBA ha monitorizado el cumplimiento de dicha recomendación, y adicionalmente ha expresado su intención de mantener dicha recomendación, hasta la adopción final del paquete CRDIV. En ese momento, se sustituirá dicho requerimiento por un importe equivalente en términos nominales.

Cambios normativos en el área internacional

BIS

El Comité de Basilea durante el año 2012 ha continuado monitorizando y completando la reforma normativa conocida como Basilea III. A estos efectos, el Comité de Basilea ha realizado un análisis (Nivel I y II) y ha presentado las primeras conclusiones en lo que respecta al grado de implementación del acuerdo a nivel internacional. También se ha complementado el Marco con la publicación de la metodología para identificar las entidades sistémicas a nivel local (D-SIBs). La actual solvencia del Grupo BBVA así como su capacidad orgánica de generar capital permite asegurar el cumplimiento de los nuevos requerimientos de Basilea III en el calendario de implantación establecido.

El Comité de Basilea, continúa comprometido con la mejora constante de la normativa de solvencia de las entidades y su supervisión, en este sentido, durante 2012, también se han definido principios para la supervisión bancaria y se han planteado iniciativas normativas para modificar de forma sustancial los marcos de riesgo de mercado, titulizaciones y grandes riesgos.

FSB

La labor del FSB en materia normativa, se ha centrado principalmente en temas relacionados con la identificación de entidades sistémicas, vigilancia y regulación de la banca en la sombra y mejoras en el ámbito de desgloses.

Entidades sistémicas: En lo que respecta a las entidades sistémicas, en noviembre el FSB ha actualizado la lista de entidades sistémicas y emitió a consulta unas guías orientadas a homogeneizar el desarrollo de planes de recuperación/resolución a los que quedan sujetas dichas entidades. A estos efectos indicar que BBVA ha entrado a formar parte de este grupo de entidades sistémicas a nivel global.

Banca en la sombra: FSB ha publicado en noviembre a consulta unas recomendaciones dirigidas a mejorar la vigilancia y regulación de la banca en la sombra. Los documentos consultivos emitidos por FSB se centran principalmente en:

  • Analizar y mitigar riesgos asociados a otras entidades de banca en la sombra.
  • Mitigar riesgos y reducir prociclicidad relacionada con mercados de REPOs y préstamos de valores.

El trabajo del FSB se complementa con el realizado por el IOSCO en materia de Fondos de Mercado Monetario y Titulizaciones. Queda pendiente de abordar las interacciones entre el sistema financiero y la banca en la sombra que se espera acometerán a lo largo de 2013.

  • Desgloses: En octubre el FSB ha publicado el informe EDTF (Enhanced Disclosures Task Force) que recoge recomendaciones en materia de información a reportar al mercado. Con carácter general se establecen recomendaciones que permitan a los usuarios de la información tener un mayor conocimiento sobre:
    • El modelo de negocio y principales riesgos derivados del mismo.
    • Posición de liquidez de la entidad, fuentes de financiación y disponibilidad para cubrir potenciales necesidades futuras.
    • Cálculo de activos ponderados por riesgo y cambios sobre en el nivel de capital y activos ponderados por riesgo.
    • Relación entre riesgos de mercado de una entidad y su situación en balance.
    • Políticas de concesión de préstamos y modificaciones sobre estas que pudieran tener un efecto sobre el nivel de impagos.

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