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Informe con Relevancia Prudencial 2015

5.5. Descripción de los criterios utilizados para la toma en consideración, en los procesos de remuneración, de los riesgos presentes y futuros

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Como se ha indicado, la política retributiva del Colectivo Identificado está alineada con los intereses de sus accionistas y con una gestión prudente de los riesgos, contando durante 2015, con los siguientes elementos:

  • Utilización, como una de las métricas de valoración de los resultados financieros que sirven de base para determinar la retribución variable anual, del BEA que considera el nivel de riesgo asumido y el coste de capital, midiendo la generación sostenida de valor para los accionistas y siguiendo el principio de gestión prudente del riesgo.
    • Este indicador se basa en el nivel del riesgo asumido y en el coste del capital.
    • El BEA tiene en consideración la mayoría de riesgos asumidos a través del cómputo del Capital Económico en Riesgo (CER).
    • Igualmente, el CER recoge el nivel mínimo de protección exigido contra pérdidas inesperadas futuras por los diferentes tipos de riesgo. Por lo tanto, el BEA no solo recoge las pérdidas esperadas en el ejercicio, sino también el riesgo de pérdidas futuras.
    • BBVA lleva a cabo una medición y seguimiento del riesgo de liquidez, que también se tiene en cuenta en la incentivación, en la medida en que se traslada a las cuentas de resultados de las áreas de negocio una prima que recoge el coste de la liquidez.
  • Pago en acciones del 50% de la retribución variable anual.
  • Cláusulas de diferimiento, diseñadas para que una parte sustancial de la retribución variable – entre un 40% y un 50%– se difiera por un período de 3 años, teniendo en cuenta de este modo el ciclo económico y los riesgos del negocio.
    • Incorporación de indicadores de evaluación plurianual para el periodo de diferimiento de tres años, con escalas de consecución, de manera que de no alcanzarse los objetivos establecidos para cada uno de ellos, la Retribución Variable Anual diferida podrá reducirse, nunca incrementarse, pudiendo llevar a incluso la perdida para sus beneficiarios de la totalidad de las cantidades diferidas;
  • Períodos obligatorios de retención de cualesquiera acciones que sean entregadas como resultado de la retribución variable, de manera que los beneficiarios no puedan disponer libremente de ellas hasta pasado seis meses desde la fecha de su entrega.
  • Prohibición de coberturas.
  • Cláusulas que impiden o limitan el pago de la retribución variable (tanto la diferida como la que corresponda a un ejercicio) como consecuencia tanto de actuaciones referidas al individuo como a los resultados del Grupo en su conjunto (“cláusulas Malus”).
  • Limitación del importe de la retribución variable a un porcentaje de su retribución fija.

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