Requerimientos generales de información
Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A. (en adelante, el “Banco” o “BBVA”) es una entidad de derecho privado sujeta a la normativa y regulaciones de las entidades bancarias operantes en España y desarrolla su actividad por medio de sucursales y agencias distribuidas por todo el territorio nacional, así como en el extranjero.
Los estatutos sociales y otra información pública pueden consultarse tanto en el domicilio social del Banco (Plaza San Nicolás, 4, Bilbao) como en su página web (www.bbva.com).
La normativa de solvencia resulta de aplicación a nivel consolidado para todo el Grupo.
Las cuentas anuales consolidadas del Grupo se elaboran de acuerdo con lo establecido por las Normas Internacionales de Información Financiera adoptadas por la Unión Europea (en adelante, “NIIF-UE”), así como su adaptación mediante la Circular 4/2004, de 22 de diciembre de Banco de España y sus sucesivas modificaciones y la Circular 5/2011 de 30 de noviembre de la CNMV.
Atendiendo a criterios contables, las sociedades formarán parte del grupo consolidable cuando la entidad dominante ostente o pueda ostentar, directamente o indirectamente, el control de las mismas. Se entiende que una entidad controla a una participada cuando está expuesto, o tiene derecho, a unos rendimientos variables por su implicación en la participada y tiene la capacidad de influir en dichos rendimientos a través del poder que ejerce sobre la participada.
Así, todas las empresas dependientes y entidades estructuradas consolidables se han consolidado aplicando el método de integración global. Por su parte, las entidades asociadas, así como los negocios conjuntos (aquellos sobre los que se tienen acuerdos de control conjunto), se valoran por el método de la participación.
Por otro lado, a efectos de la normativa de solvencia, formarán parte del grupo consolidable a efectos de regulación prudencial las siguientes sociedades dependientes:
- · las entidades de crédito.
- · las empresas de servicios de inversión.
- · las sociedades de inversión de capital variable.
- · las sociedades gestoras de instituciones de inversión colectiva, así como las sociedades gestoras de fondos de pensiones cuyo objeto exclusivo sea la administración y gestión de los mencionados fondos.
- · las sociedades gestoras de fondos de titulización hipotecaria y de fondos de titulización de activos.
- · las sociedades de capital riesgo y las gestoras de fondos de capital riesgo.
- · las entidades cuya actividad principal sea la tenencia de acciones o participaciones, salvo que se trate de sociedades financieras mixtas de cartera sometidas a supervisión en el nivel de conglomerado financiero.
Asimismo, formarán parte del grupo consolidable regulatorio las sociedades instrumentales cuya actividad principal suponga la prolongación del negocio de alguna de las entidades incluidas en la consolidación, o incluya la prestación a éstas de servicios auxiliares.
Sin embargo, no formarán parte de los grupos consolidables a nivel prudencial de entidades de crédito las entidades aseguradoras y ciertas sociedades de servicios.
Por lo tanto, a efectos de los cálculos de requerimientos de solvencia y, en consecuencia, en la elaboración del Informe con Relevancia Prudencial, el perímetro de entidades consolidables es diferente del perímetro definido a efectos de la elaboración de las Cuentas Anuales Consolidadas del Grupo.
En la tabla siguiente se realiza un ejercicio de transparencia para visualizar claramente el proceso de conciliación entre los saldos contables informados en el Balance público (adjunto en las Cuentas Anuales Consolidadas del Grupo) y los saldos contables sobre los que se realiza el presente informe (perímetro regulatorio), poniendo de manifiesto las principales diferencias entre ambos perímetros.
Conciliación del Balance Público desde el perímetro contable al perímetro regulatorio
Epígrafes de Balance Público | Balance Público | Entidades aseguradoras, inmobiliarias y Resto (1) | Entidades multigrupo y resto ajustes (2) | Perímetro regulatorio |
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Efectivo, saldos en efectivo en bancos centrales y otros depósitos a la vista | 42.680 | - | 24 | 42.704 |
Activos financieros mantenidos para negociar | 64.695 | 2.206 | - | 66.901 |
Activos financieros designados a valor razonable con cambios en resultados | 2.709 | (2.061) | - | 648 |
Activos financieros disponibles para la venta | 69.476 | (19.794) | - | 49.682 |
Préstamos y partidas a cobrar | 431.521 | (1.805) | 764 | 430.480 |
Inversiones mantenidas hasta el vencimiento | 13.754 | - | - | 13.754 |
Derivados – contabilidad de coberturas | 2.485 | (90) | (1) | 2.394 |
Cambios del valor razonable de los elementos cubiertos de una cartera con cobertura del riesgo de tipo de interés | (25) | - | - | (25) |
Inversiones en dependientes, negocios conjuntos y asociadas | 1.588 | 3.294 | (80) | 4.802 |
Activos no corrientes y grupos enajenables de elementos que se han clasificado como mantenidos para la venta (3) | 23.853 | (334) | 3 | 23.522 |
Resto de activos | 37.323 | 595 | 5 | 37.923 |
Total Activo | 690.059 | (17.989) | 715 | 672.785 |
(1) Saldos correspondientes a las sociedades no consolidables a efectos de solvencia, pero sí a efectos contables.
(2) El resto de ajustes se corresponde con otras eliminaciones intragrupo y otros ajustes de homogeneización.
(3) A 31 de diciembre de 2017, derivado de la oferta vinculante de compra por parte del Grupo The Bank of Nova Scotia de la sociedad BBVA Chile (véase apartado 1.1.4), se ha procedido a reclasificar contablemente dicha participación como Activo no corriente en venta , mientras que bajo perímetro de solvencia BBVA Chile sigue consolidándose por Integración Global y, por tanto, integrando sus activos y pasivos en los epígrafes correspondientes. No obstante, únicamente a efectos comparativos, se muestran en esta tabla, bajo perímetro de solvencia, sus activos agrupados en el epígrafe de Activos no Corrientes en Venta
Para más detalle, véase el apartado 1 del Informe.